Cuestiones previas
No se emiten ni se reciben pagos por envío, procesamiento y publicación de los contenidos en este blog.
Exclusividad. Los contenidos deberán ser originales, no haber sido publicados previamente o enviados a otra institución para su publicación. Es necesario adjuntar una Carta Compromiso que así lo indique, y esta cuestión estará sujeta a revisión. En caso de surgir algún conflicto se estará a lo establecido en el Código de Ética que rige esta revista.
Puede consultar el formato de Carta Compromiso en el siguiente enlace.
Cantidad de personas autoras. Cada contenido podrá tener hasta un máximo de dos autores, señalando el autor principal. Una vez enviado el trabajo no será posible realizar cambios en el número de personas autoras, por lo que todas las cuestiones relacionadas a la autoría deben estar resueltas antes de enviar el manuscrito por primera vez.
La autoría de los contenidos presentados al Blog de Cuestiones Constitucionales otorga reconocimiento y crédito académico a las personas autoras e implica responsabilidad por el contenido publicado.
Conflicto de intereses
Las personas autoras deben especificar si existen o no posible conflictos de intereses al realizar y comunicar la investigación.
Cuestiones de forma
Formato: Los contenidos documentales se deben postular en su versión final y completa:
- Con título del trabajo en español y en inglés
- Autoría
- ORCID
- Adscripción institucional
- Nacionalidad
- Correo electrónico institucional
- Resumen y abstract, los cuales deberán tener una extensión no mayor de 120 palabras donde se explique de forma precisa el trabajo que se presenta. El resumen no debe incluir citas bibliográficas, ni el uso de términos poco frecuentes (acrónimos y siglas) —excepto cuando sean indispensables para la concisión de la redacción—. Se recomienda utilizar palabras significativas del texto para la recuperación de la información del artículo en bases de datos o buscadores.
- 5 palabras clave en español y en inglés.
-Un sumario de las partes del artículo.
- Pies de ilustraciones.
- Interlineado 1.5 sin saltos de línea entre párrafos.
- En tamaño carta (21.5 x 27.9 cm) y con márgenes de 2.5 cm.
- El texto deberá estar escrito en formato Word, Arial, 12 puntos.
-Todo el texto deberá ir en altas y bajas, incluido el título y los subtítulos de sección.
Referencias debidamente estandarizadas en formato APA en su edición más actualizada.
*Autocitación. No debe exceder del 15 % del total de las referencias. Únicamente los materiales que se citen en el texto (bibliográficos, hemerográficos y electrónicos) deben incluirse en la lista de referencias. En el caso de las referencias electrónicas debe cuidarse que los enlaces se encuentren activos e incluir invariablemente el DOI en caso de existir.
*Uso de gestores bibliográficos automáticos. Se dará prioridad a aquellas contribuciones que entreguen las referencias estandarizadas mediante el uso de algún gestor bibliográfico electrónico, tal es el caso de Zotero, Bibme, Mendeley, RefWorks, EndNote, o cualquier otro que sea compatible con la edición científica.
*Identificador DOI de las referencias. En todos los casos que así corresponda —particularmente cuando se trate de referencias a documentos electrónicos— se deberá indicar el DOI correspondiente.
Extensión máxima de colaboraciones:
- 5,000 a 8,000 palabras para comentarios jurisprudenciales y legislativos
- 3,000 a 5,000 en el caso de reseñas bibliográficas y opiniones escritas
- 5 minutos en opiniones en video.
Cuestiones de contenido
Dictamen: Los comentarios, reseñas y opiniones se sujetarán a la revisión y aprobación del equipo editorial de la revista.
Plagio, financiamiento y permisos
1) Publicación no duplicada
- El envío de un contenido implica que el trabajo no ha sido publicado previamente excepto como resumen o parte de una tesis.
- Si el documento es aceptado, las personas autoras se comprometen a cuidar que toda difusión posterior a la publicación haga referencia al Blog de Cuestiones Constitucionales como el espacio donde se publicó por primera vez, y se cuidará que la citación refiera adecuadamente a los datos del Blog de Cuestiones Constitucionales.
2) Financiamiento y declaración de posible conflicto de intereses
- Las personas autoras deben comunicar cualquier vínculo comercial, ayuda material o financiera recibida durante la investigación, en el momento de la redacción del artículo o de su publicación, o cualquier potencial interés económico en relación con el tema de su artículo y que pudieran dar lugar a un conflicto de intereses.
3) Obtención de permisos
- Las personas autoras que reproduzcan en su artículo materiales publicados previamente (texto, tablas o figuras) serán directamente responsables de obtener los permisos oportunos para ser reproducidos en el Blog de Cuestiones Constitucionales.
- Las personas autoras deberán haber obtenido autorización escrita de la editorial que ha publicado este material y remitir copia de ello al Blog de Cuestiones Constitucionales.
*Los parámetros para las personas autoras están establecidos de acuerdo con la Norma UNE 50133:1994 sobre la Presentación de artículos en publicaciones periódicas y en serie y en la Norma ISO 214-1976 sobre Resúmenes de publicaciones y documentación.